martes, 23 de julio de 2013

ACTUALIDAD

Ley 13059 de acondicionamiento térmico de edificios de la Provincia de Buenos Aires

 

La Ley 13059 fue sancionada por el poder legislativo de la Provincia de Buenos Aires en 2010. Su finalidad es establecer las formas de acondicionamiento térmico para mejorar la calidad de vida de la población y la disminución del impacto ambiental por medio del uso racional de la energía.
Entre sus artículos, se sanciona la expedición del permiso de inicio de la obra y la presentación de la documentación técnica respectiva, acorde con las normas IRAM, que como mínimo contenga: cálculo justificado de los valores de transmitancia térmica y lista de los materiales que demande la envolvente de la vivienda, con la indicación de los valores de conductividad térmica y espesor. Asimismo, los organismos competentes deberán exigir al momento de la aprobación de la documentación técnica de la obra todos los elementos que acrediten el cumplimiento de la presente.
Uno de los beneficios más representativos de la aplicación de esta ley es contemplar los costos de mantenimiento y funcionamiento del edificio, e indirectamente disminuir los consumos energéticos destinados al acondicionamiento térmico edilicio.
El ahorro de energía disminuye significativamente el uso de los recursos no renovables, en especial los combustibles fósiles, ayudando a proteger la sostenibilidad planetaria. Al mismo tiempo, la correcta aislación térmica permite reducir los gastos en climatización para quienes habitan viviendas o edificaciones de uso humano, sin que por ello disminuya el confort, sino que por el contrario, las condiciones de habitabilidad sean mejores. La aislación es una inversión que se paga con creces con el ahorro económico durante todos los años de vida útil de la edificación, derivados no sólo del ahorro de energía, sino de un menor costo de mantenimiento ya que se protegen también los materiales de construcción como madera, chapa y mampostería, entre otros.
Sólo en la Provincia de Buenos Aires habita más del 50 % de la población del país que consume más del 70 % de la energía primaria en funcionamiento de los edificios. Si bien esta ley no está vigente en todo el país, se puede convertir en una plataforma a imitar.
El IRAM recepta propuestas del medio empresarial, académico o gubernamental y debate cada documento en diversas fases: Antecedente, Esquema, Proyecto y Norma. En todos los casos la participación es abierta y deben en lo posible lograrse por consenso.

Fuente: CEDU

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